¡Bienvenidos a un nuevo artículo de Justalia! Hoy vamos a hablar sobre los tipos de interés de las tarjetas revolving. Como Abogados tarjetas revolving sabemos que el principal atractivo de estas tarjetas radica en las pequeñas cuotas mensuales que se deben pagar a cambio del capital prestado.
No obstante, detrás de esta apariencia ventajosa, a menudo se ocultan intereses excesivamente elevados que, por lo tanto, pueden ser objeto de reclamación.
Entran en juego dos normativas que establecen los dos puntos fundamentales para las reclamaciones.
- La normativa de condiciones generales de la contratación y de protección de consumidores, las cláusulas que no sean transparentes y claras, y que no permitan al consumidor conocer la carga económica real del contrato son nulas.
- La Ley de la Usura, conocida también como Ley Azcárate, que declara nulos los tipos de intereses que sean usurarios, esto es, demasiado altos.
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Intereses abusivos de las tarjetas revolving
El TS ha sentado las bases para reclamar por usura, el interés de la tarjeta revolving concreta no puede superar en seis punto al tipo medio de interés de las tarjetas revolving publicado por el Banco de España, si la diferencia supera esos seis puntos, se considera un crédito usurario y por lo tanto nulo.
Pero como anteriormente hemos indicado no solo ha de analizarse si el tipo de interés es usurario, sino también, si el cliente podía conocer al momento de firmar el contrato la verdadera carga económica del mismo, para lo que, es crucial examinar los siguientes elementos:
- La entidad comercializadora: ¿Adquiriste tu tarjeta revolving en un supermercado, aerolínea o gasolinera? No solo los bancos ofrecen tarjetas revolving con intereses abusivos.
- Forma de contratación: Si la empresa utiliza tácticas de marketing agresivas o exige muy poca documentación para formalizar el contrato, debes estar alerta.
- Términos contractuales comunes: Algunos términos que suelen aparecer en estos contratos son ‘pago aplazado con cuota fija’, ‘pago fraccionado’ o ‘periodicidad anual inamovible’.
- Intereses de demora: Estos son los importes que el banco cobra cuando el cliente se retrasa en el pago de las cuotas.
- Comunicación de la entidad: Es habitual que, si el cliente no cumple con los pagos, el banco se comunique insistentemente para exigir la devolución del dinero.
Al evaluar una tarjeta revolving y sus intereses, es fundamental considerar estos aspectos en su conjunto para determinar si se trata de un contrato abusivo y, por lo tanto, nulo.
Tipos de interés de las tarjetas revolving
Como resultado de las numerosas sentencias adversas en relación con estos créditos, algunas entidades han realizado ajustes menores en sus condiciones. Aquí tienes algunos ejemplos de los tipos de interés de las tarjetas revolving más conocidas:
- Carrefour Pass: 22 %.
- One Santander: 19,56 %.
- Visa & Go Caixabank: 23 %.
- Cetelem: 24 %.
- Ikea Visa: 19,99 %.
- Alcampo Oney: 22 %.
- Cepsa: 20,90 %.
- Iberia Classic: 24 %.
- Renfe Dorada: 25 %.
Reclamar las tarjetas
En caso de anulación del contrato:
- El consumidor solo debe reembolsar el capital prestado.
- La entidad financiera debe reembolsar todos los intereses, comisiones y otros cargos, incluyendo seguros.
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Esto ha sido todo sobre los tipos de interés de las tarjetas revolving. Nuestro equipo de abogados especializados en reclamaciones de este tipo puede ayudarte a lograr estos objetivos. ¡Contacta con nosotros!
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